Ejemplo resuelto
Ana es diseñadora autónoma. Prevé facturar 42.000 € este año y tener 12.000 € de gastos deducibles: su rendimiento neto es de 30.000 €.
- Deducción por gastos genéricos del 7 %: 30.000 × 0,93 = 27.900 €.
- Media mensual: 27.900 ÷ 12 = 2.325 €.
- Está en el tramo 6 de la tabla general (de 2.030 a 2.330 €): base mínima 1.274,51 €.
- Cuota: 1.274,51 × 31,50 % = 401,47 € al mes (4.817,64 € al año).
Cómo se calcula
Desde 2023 los autónomos cotizan según sus rendimientos netos reales. Con la media mensual de esos rendimientos se busca el tramo en la tabla oficial; cada tramo tiene una base mínima y una máxima, y puedes elegir cualquier base entre ellas. La cuota es la base por el tipo total del 31,50 %:
| Concepto | Tipo 2026 |
|---|---|
| Contingencias comunes (pensión, baja por enfermedad) | 28,30 % |
| Contingencias profesionales (accidente de trabajo) | 1,30 % |
| Cese de actividad (el «paro» de autónomos) | 0,90 % |
| Formación profesional | 0,10 % |
| Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) | 0,90 % |
| Total | 31,50 % |
Si eres autónomo societario, tu base no puede bajar de 1.424,40 € al mes aunque tus rendimientos te sitúen en un tramo inferior (salvo que mantengas la base provisional que tenías en 2025, como permite la Orden de cotización).
Tabla de tramos 2026
| Tramo | Rendimiento neto mensual | Base mínima | Cuota mínima | Base máxima |
|---|---|---|---|---|
| Reducida 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € | 718,94 € |
| Reducida 2 | 670 € – 900 € | 718,95 € | 226,47 € | 900,00 € |
| Reducida 3 | 900 € – 1.166,70 € | 849,67 € | 267,65 € | 1.166,70 € |
| General 1 | 1.166,70 € – 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € | 1.300,00 € |
| General 2 | 1.300 € – 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € | 1.500,00 € |
| General 3 | 1.500 € – 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € | 1.700,00 € |
| General 4 | 1.700 € – 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € | 1.850,00 € |
| General 5 | 1.850 € – 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € | 2.030,00 € |
| General 6 | 2.030 € – 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € | 2.330,00 € |
| General 7 | 2.330 € – 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € | 2.760,00 € |
| General 8 | 2.760 € – 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € | 3.190,00 € |
| General 9 | 3.190 € – 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € | 3.620,00 € |
| General 10 | 3.620 € – 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € | 4.050,00 € |
| General 11 | 4.050 € – 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € | 5.101,20 € |
| General 12 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € | 5.101,20 € |
Preguntas frecuentes
¿Qué son los rendimientos netos?
Lo que ingresas por tu actividad menos los gastos deducibles (los mismos que declaras en el IRPF). La cuota de autónomos que pagas no se resta: la Seguridad Social la vuelve a sumar. A ese resultado se le aplica una deducción por gastos genéricos del 7 % (3 % si eres autónomo societario o socio de cooperativa) y se divide entre 12.
¿Qué pasa si me equivoco con la previsión?
Eliges tu base con una previsión y puedes cambiarla hasta seis veces al año. Cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales del año, la Seguridad Social regulariza: si cotizaste por debajo de lo que te tocaba, te reclama la diferencia; si cotizaste de más, te la devuelve.
¿Qué es la tarifa plana?
Una cuota reducida durante los 12 primeros meses de alta, si no has estado de alta como autónomo en los dos años anteriores. Otros 12 meses más si tus rendimientos netos no llegan al salario mínimo. En 2026 son 80 € al mes más el mecanismo de equidad intergeneracional (8,56 €): 88,56 € en total. Durante ese tiempo no cotizas por cese de actividad ni por formación.
¿Puedo cotizar por más de la base mínima?
Sí, puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo. Cotizar más sube la cuota, pero también la pensión y las prestaciones por baja o cese de actividad. Escríbela en «Otra base» para ver la cuota.
¿La cuota de autónomos desgrava?
Sí. Es un gasto deducible de tu actividad en el IRPF si estás en estimación directa.
Fuentes y metodología
Tablas, bases y tipos de la Orden PJC/297/2026 (artículos 18 y 37) y deducción por gastos genéricos del artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social, comprobados en el BOE. La tarifa plana de 80 € (más 8,56 € de MEI) procede de los resúmenes de cotización 2026 de las mutuas, porque la ley remite el importe a unos Presupuestos que siguen prorrogados, y coincide con los recibos reales de 2026. No incluye bonificaciones autonómicas, pluriactividad ni la reducción por tener cubierta la baja en otro régimen.
- Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, de cotización 2026: art. 18 (tablas y tipos) y art. 37 (cese y formación) — BOE (consultada el 4 nov 2026)
- Ley General de la Seguridad Social, art. 308 (cotización por rendimientos y gastos genéricos). Consolidado a 21/10/2026 — BOE (consultada el 4 nov 2026)
- Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo, art. 38 ter (cuota reducida por inicio de actividad) — BOE (consultada el 4 nov 2026)
Ejercicio 2026 · Actualizado: 4 nov 2026 · Revisado por Ertzil · Cómo verificamos